Su traductor jurado en Málaga
Equipo de traductores jurados nativos cuidadosamente seleccionados en el idioma que usted necesita.
Qué es un Traductor Jurado
Qué es un Traductor Oficial
Un traductor oficial es otra forma de referirse al Traductor Jurado. No existe ninguna diferencia y se utiliza indistintamente cualesquiera de los dos términos, refiriéndonos al colectivo como Cuerpo de Traductores Jurados del MAEC y a la actividad como traducción jurada.
Requisitos para el ejercicio de la profesión de Traductor – Intérprete Jurado
- Recibir un nombramiento de Traductor – Intérprete Jurado expedido por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
- El poseedor del nombramiento debería verificar su firma y sello en la Delegación o Subdelegación del Gobierno de su domicilio o en la Oficina Consular correspondiente, si fuera el caso. La verificación consiste en deberá registrar sus datos personales y estampar su firma y su sello para que quede constancia de ellos y, llegado el caso, puedan cotejarse con los de una traducción.
- Estar en posesión del título y carnet Traductor – Intérprete Jurado de Jurado.
¿Pueden los traductores jurados realizar traducciones en ambas direcciones?
Sí, es posible.
Lo importante en el momento de la certificación es tener en consideración que el profesional que certifica la traducción jurada es el que asume toda la responsabilidad.
¿Traductor Jurado? O, ¿Traductor Oficial?
El nombramiento oficial es Traductor Jurado (del idioma que corresponda), aunque está muy extendido el uso del término traductor oficial; en Andraca y Román Traductores Jurados somos Traductores Jurados de inglés, pero, entre otros, colaboramos con un equipo de Traductores Jurados de otros idiomas meticulosamente seleccionados a lo largo de nuestros más de 20 años de experiencia, entre los que caben destacar:
«Díganos qué idioma necesita; nosotros hacemos el resto.»
- Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
- Orden de 23 de agosto de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en lo que afecta a la profesión de Intérprete Jurado.
- Orden AEX/1971/2002, de 12 de julio, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la obtención del nombramiento de Intérprete Jurado por los licenciados en Traducción e Interpretación.
- Real Decreto 2002/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, aprobado por Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto.
- Orden AEC/2287/2012, de 18 de octubre, por la que se aprueban las normas de gestión y los modelos de impreso para el pago de las tasas por admisión a pruebas selectivas para obtención del nombramiento de Traductor-Intérprete Jurado, por la tramitación y expedición del título, y por la expedición del carné de Traductor-Intérprete Jurado.
- Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, por la que se dictan normas sobre los exámenes para la obtención del título de Traductor-Intérprete Jurado.